La Empresa ha incumplido una vez más el Convenio Colectivo y así se lo hemos hecho saber desde CCOO a la dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, con el fin de que subsanen el "error".
El artículo 33 del convenio dice:
CALENDARIO LABORAL
1. Anualmente se confeccionará por la Empresa el calendario laboral, en el que se recogerán los días previstos de apertura al público del parque, así como los días que se consideren fiestas locales, autonómicas y nacionales, sin perjuicio de la efectiva apertura del parque y del efectivo inicio de las campañas en tales días, en cuyo caso se adecuará el calendario.
2. En el calendario se establecerán los días de comienzo y finalización de cada una de las campañas, que se entenderán a título meramente orientativo.
3. El calendario laboral deberá exponerse en los tablones de anuncios de la Empresa antes del 15 de enero de cada año.
¿Que es lo que la empresa no ha hecho concretamente?
La contestación es fácil:
1. El calendario que ha publicado ha sido el calendario laboral de los trabajadores de la Comunidad Valenciana, contando con los festivos de benidorm. Con lo cual no indica los días previstos de apertura al público del parque, ni los días de comienzo y finalización de cada una de las campañas que recoge el convenio (larga duración, semana santa, etc)
2. Sin tener en cuenta el punto anterior, la empresa ha dado a conocer a través de su página web el calendario provisional hasta el mes de junio la semana pasada, con lo cual también se incumple que deberá exponerse (y por tanto comunicarlo a los representantes de los trabajadores) antes del 15de enero de 2009.
¿porque interesa saber las fechas de inicio o finalización de campaña?
1. Porque tenemos derecho a organizarnos, y actuar entonces en consecuencia. PE: para conciliar la vida laboral y personal cuando un trabajador/a tiene que atender a familiares o realizar estudios y pedir los pertinentes permisos.
2. Porque la ley dice que en el caso de que no se llame a un fijo discontinuo será considerado despido en el momento en que el trabajador tenga conocimiento de que no va a ser llamado, y después de eso tiene 15 días para demandar a la empresa. ¿como va a tener una orientación de fechas sino se sabe cuando se producen los inicios de cada campaña?
Desde CCOO esperamos que esto se solucione lo antes posible, y así se lo hemos hecho saber la jefa de relaciones laborales, que nos dijo que no estaba en su mano y que se lo comunicaría a sus superiores.
Seguiremos contando que pasa con este asunto y con otros que puedan ir surgiendo
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